El estatuto exclusivo y único de Dakota del Sur permite que el cliente mantenga el fideicomiso y la información de este en secreto con respecto al beneficiario durante la vida del otorgante y después de su muerte o incapacidad.
En general, se requiere que un fiduciario notifique a los beneficiarios calificados de un fideicomiso de la existencia del fideicomiso y que les proporcione información sobre este. Sin embargo, en aras de la protección de activos, valores familiares, miembros de la familia sin preparación u otros motivos, es posible que algunos otorgantes o familias no deseen que los beneficiarios del fideicomiso sepan de la existencia del fideicomiso y los activos de este, o que reciban activos del fideicomiso.
Dakota del Sur permite la renuncia de notificación a los beneficiarios, pero también establece que el otorgante, el asesor del fideicomiso o el protector de este, según los términos del instrumento que rige, pueda ampliar, restringir, eliminar o bien modificar los derechos de los beneficiarios a la información relacionada con un fideicomiso. Esto permite que el fideicomiso de Dakota del Sur permanezca en secreto, incluso después de la muerte o discapacidad del otorgante. El protector del fideicomiso puede determinar cuándo es apropiado notificar a uno o más beneficiarios acerca del fideicomiso.
Fuente: “Should You Keep a Trust Quiet (Silent) From Beneficiaries?” (¿Debe mantener un fideicomiso en secreto para los beneficiarios?), revista Trusts & Estates, abril de 2015
